Decreta: Primero: Se decreta la Libertad plena del Ciudadano: Luis Melecio Valdez Flores, venezolano, mayor de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.556.316, nacido en fecha 12-02-1970, domiciliado en el caserio Yoco, calle principal, casa S/N, Municipio Valdez del Estado Sucre, todo de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° del la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por contrario imperio del ordinal 2° del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se acuerda Oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a los fines de que se deje sin efecto la solicitud de captura del ciudadano Luis Melecio Valdez Flores.