este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley: Estima procedente y ajustado a derecho Acordar la Medida de Protección solicitada a favor de la ciudadana; a fin de garantizar su integridad física y de su grupo Familiar, oportuna participación en el proceso penal y la misma consiste en Recorridos Policiales, por el Domicilio de la Víctima, ubicado en el Sector La Victoria; de conformidad con los artículos 23 y 122 ordinal 4° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, qué consistirá en el Recorridos Policiales por el Domicilio de la Víctima, por el lapso de Seis (06) meses contados a partir de la presente notificación, a cargo de Funcionarios Adscritos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre, Centro de Coordinación Policial "General Juan Manuel Valdez", Estació.....