Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano José Ramón García, venezolano, de 45 años de edad, nacido el 03-02-60, titular de la Cédula de Identidad N° 10.947.472 y domiciliado en Nueva Guiria Vereda 6 N° 4, Guiria Municipio Valdez , hijo de José Núñez y de Apolonia García (D); a quien la fiscalía tercera del ministerio público sigue investigación por la presunta comisión de los delitos homicidio simple, previstos en el artículo 405 del código penal, en perjuicio del hoy occiso Luis Espinoza, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 251 ordinales 2°, 3° y parágrafo primero y 252 ordinal 2° ejusdem. Líbrese boleta d.....