Por las razones antes expuestas éste Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano Enmanuel Edgardo Velásquez Bello, quien es venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 01-05-86, de 22 años de edad, de oficio: Ayudante de Tienda Caramba, Titular de la cédula de identidad numero: V- 17.955.464, hijo de : Pedro Velásquez y Virginia Bello y residenciado Avenida Circunvalación Sur, Sector Virgen del Valle, Calle Principal, casa N° 54. Frente de la Lagunita. Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Pote Ilícito de arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) días por el lapso de seis (06) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de ésta sede penal, ello de conformidad con el arti.....