Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley SE RATIFICA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: JESUS EMILIO MARCANO MARIN, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha: 29/01/1995, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 24.841.833, de profesión u oficio: albañil, hijo de Cira Elena Marin y Jesús Marcano, con domicilio en el sector las Parcelas, Gran Poder de Dios, casa sin numero, san martin, Cerca de la Bodega del Sr. Bruno, Carúpano del Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1°, en p.....