Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida contra EZEQUIEL MARCANO RODRÍGUEZ, por la presunta comisión del delito de FALSEDAD DE DOCUMENTOS, previsto y sancionado en el artículo 317 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano VÍCTOR LUIS OLIVER CARRILLO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem y el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal