este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa en relación al Imputado José Rivas Linersi, Quien Fuera Venezolano, Mayor de Edad, titular de la cédula de identidad N° 12.530.643,domiciliado en calle el Espejo de San Martín, casa N° 07, Carúpano Estado Sucre, todo de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del código orgánico procesal penal en relación con el artículo 48 ordinal 1° Ejusdem