Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano LUÍS ENRIQUE LEÓN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 16.216.411, nacido en fecha: 01-11-1980, de 28 años de edad, de profesión u oficio Facilitador de Matemáticas, hijo de Maxi León y de padre Desconocido y domiciliado en Quebrada La Niña, Casa S/N, entrada principal, detrás de la Iglesia Católica, Municipio Cagigal del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño.....