Por Todo lo antes Expuesto, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , CONDENA al ciudadano: HECTOR BAUTISTA TINEO PEREZ, venezolano, natural de Casanay, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.300.821, de profesión u oficio: Comerciante, nacido en fecha 16-02-1.954, de 57 años de edad, hijo de Jesús Antonio Tineo (d) y Luisa Beltrana Pérez; y domiciliado en: Calle Principal de Curacho, al lado de la escuela en la residencia de la Señora Claudia, ella es dominicana, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de UN AÑO (01) Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, MÁS LAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico.....