Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley niega y declara sin lugar, la solicitud presentada por la defensa privada a favor de los adolescentes de auto, y en consecuencia mantiene la medida de privación que pesa sobre los adolescentes, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes contra de los sancionados XXXXXXXXX; quien fue sancionado por la comisión del delito de Homicidio con Causal Sobrevenida en Grado de Cooperador Inmediato, previsto en el artículo 408 en relación con el artículo 83 del Código Penal en perjuicio del ciudadano XXXXXXXX (occiso) y XXXXXXXXXX, quien fue sancionado a cumplir Tres (03) años de privación de libertad por la comisión del delito de Homicidio Con Casual Sobrevenida, previsto en el artículo 408 del Código Penal en delito cometido en p.....