Por lo ante expuesto, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este tribunal Ejecución sección adolescente, de conformidad con el artículo 547 Liberal H de la LOPNNA, relacionado con el artículo 645 Ejusdem, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA, al sancionado XXXXXXXXXXXXX Quedando en plena libertad por la presente causa. Quedaron notificadas las partes presentes, conforme a lo establecido en el artículo 159 del COPP.
Así se decide en Cumaná, a los veintiocho (28) días del mes de marzo de 2014.