Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución Penal del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara sustituir en cuanto al cambio del sitio de reclusión del centro de reclusión cumana, a su vivienda principal de sus padres, al adolescente XXXXXXXX, quien fue sancionado a cumplir con dos (02) años, de privación de libertad por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos, 458 del Código Penal vigente, y articulo 277 en relación con los artículos 7 y 9 de la ley sobre armas y explosivos. a los fines de que reciba una atención acorde al cuidado de su salud, dicho traslado debe efectuarse con recorrida policial. Por lo que este Tribunal de Ejecución Penal Adolescente, Acuerda el traslado del adolescente XXXXXXXX, a la residencia principal de sus padres a los fines de que sea .....