Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ejecutada la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en contra del adolescente XXXXXXXXX; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COOPERADOR, previsto en el Artículo 406 numeral 1ro del Código Penal, en concordancia con el artículo 83, cometido en perjuicio del Adolescente XXXXXXXX, mediante la cual quedo obligado a cumplir la medida de de privación de libertad por el lapso de DE DOS AÑOS (02) Y SEIS (06) MESES, de la cual lleva cumplido privado CUATRO (04) MESES y DIECISEIS (16) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS UN (01) MES Y CATORCE (14) DIAS