En atención a lo antes señalado, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ejecutada en los términos señalados, la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes en contra de los adolescentes xxxxxxxxxxxxxx, venezolano, soltero, de xxxxxaños de edad, titular de la Cédula de Identidad N° xxxxxxxxxx, nacido en fecha xxxxxxxxxxde profesión indefinida, hijo de xxxxxxxxy xxxxxxxxx, domiciliado en las palomasxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxx, venezolano, soltero, de xxxxxaños de edad, titular de la Cédula de Identidad N° xxxxxxxx, nacido en fecha xxxxxxxx, de oficio indefinido, hijo de xxxxxxxxxxy xxxxxxxxxx, domiciliado en las xxxxxxxxxxxxx; mediante la cual quedaron sancionados a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, p.....