Este Tribunal de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ejecutó la mencionada decisión en contra de EGLISMAR MÁRQUEZ ZAPATA, , Venezolana, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.538.909, nacida en fechas. 15/07/88, hija de Hilda Márquez y Jesús Zapata, residenciada en Mariguitar, Calle San Francisco, casa s/n, mediante la cual quedó sancionado a cumplir la medida contenida en los artículos 624 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de SEIS (6) MESES, cuya sanción consistirá en REALIZAR UNO O VARIOS CURSOS EN UN AREA DE SU INTERÉS, sanción esta que se le impuso por la comisión del delito de FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO Y USO DE DOCUMENTO VERDADERO FALSAMENTE ATRIBUIDO previsto en los artículos 320 y 333 del Código Penal Vigente para la fecha d.....