este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxxxx; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto en el artículo 174 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos LUÍS WLADIMIR MAGO SOTO, BEARLUIS MAGO MAGO, BEATRIZ DEL CARMEN MAGO MAGO, CARLOS EDUARDO FERMÍN RODRÍGUEZ y NELICE MAGO; a cumplir la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de TRES (03) AÑOS, donde se determino que lleva privado al día 15-09-16, llevan privados UN(01) AÑO DOS (02) MESES y SEIS (06) DÍAS faltándole por cumplir UN(01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, los cuales vencerán en fecha 09-07-2018.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuc.....