este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: REVISA y MANTIENE la Medida de Privación de Libertad que viene cumpliendo el joven adulto XXXXXXXXXXXXXXXX; por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Lesiones Personales Menos Graves, previstos en los artículos 458 y 413, respectivamente, del Código Penal en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXX, y quien actualmente se encuentra recluido en el Centro de Prisión Preventiva Cumaná, de conformidad con lo establecido en el artículo 647, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes