En atención a ello este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Libertad Inmediata del ciudadano xxxxxxxxxxxxx venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad n° xxxxx, de xxxx años de edad, nacido en fecha 28/12/1991, hijo de xxxxxx, sin oficio definido, con domicilio en el xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Cumaná Estado Sucre; quien fue sancionado a tres (03) años y ocho (08) meses de privación de libertad, por la comisión del delito de homicidio intencional previsto en el artículo 405 del Código Penal Vigente cometido en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxx). Conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niña y Adolescentes. Se acuerda la libertad del sancionado xxxxxxxxxxxx, en consecuencia líb.....