Por todo lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se revisa y mantiene la medida de privación de libertad, que se le impuso a los Jóvenes adultos XXXXXXXXXXXXXXXXXX, sancionado a cumplir la medida de 5 años de privación de libertad en virtud de la acumulación de las causas efectuadas por este tribunal en fecha 14-08-2013. por lo tanto los sancionados XXXXXXXXXXXXXX, permaneceran recluidos en el Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, donde actualmente se encuentran, ordenándose librar oficio al director del IAPES, en el cual se le participa que este Tribunal mantiene la medida de Detención Judicial de Libertad en contra de los referidos ciudadanos, por lo que de.....