En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida XXXXXXXXX; por su participación en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de DOS (02) AÑOS, donde se determino que ha cumplido TRES (3) MESES Y DOCE (12) DÍAS , faltándole por cumplir UN (01) AÑO OCHO (08) MESES y DIECIOCHO (18) DÍAS, que vencerán el 22 de agosto de 2015.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley de.....