Este tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y uso de las facultades establecidas en el articulo 647 literal H de la LOPNA decreta la Cesación de la Sanción. Así mismo, acuerda expedir la copia simple de la presente acta solicitada por a defensa, y remitir las presente causa al archivo central para su resguardo