En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el cese de la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD al joven XXXXXXXX; quien fue sancionado por la comisión del delito de Robo Agravado; quien fue sancionados a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de Dos (02) años por la comisión del delito Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXX, conforme a lo previsto en los artículos 645, 647 literal H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Queda sin efecto la audiencia, fijada para el 17-01-13.