ASUNTO : RP01-P-2005-000530
administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud formulada por la profesional de derecho Lil Vargas, actuando en su carácter de defensora público penal del penado de autos en el sentido de que a la presente fecha JESUS MANUEL FIGUEROA MARCANO titular de la cédula de identidad N° 4.890.973 opta al régimen abierto como formula alternativa de cumplimiento de pena tal como lo establece el primer aparte del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 272 Constitucional. Se comisionando al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad, de Cumaná Estado Sucre, a los fines que practique los exámenes de rigor y al Director del Internado Judicial de Cumaná, informándole que este tribunal acordó la practica de la evaluación Psico-social al penado de autos, previa solicitud. Se acuerda recabar los antecedentes penales a.....