Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ABSUELVE: al Ciudadano ROGELIO ISAIS COVA LARA, venezolano, de 30 años de edad, natural de Campoma, titular de la cedula de identidad N° 12.289.219, soltero, nacido el 06/07/1975, residenciado en el en la calle principal de Campoma, casa N° 66, Estado Sucre, hijo de Porfirio Cova y Maria Magdalena Lara, del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el articulo 408 del Código Penal; por el cual lo acusó la Fiscalía de Transición del Ministerio Público; en perjuicio del hoy occiso Nelson Lara. La presente es dictada de conformidad con los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la inmediata libertad del acusado desde la sala de audiencia