este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA, de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código orgánico Procesal Penal JEAN CARLOS ZACARIAS GUERRA, venezolano, de 24 años de edad, nacido 22-06-85, portador de la cédula de identidad N° V-17.212.655, soltero, de profesión obrero, residenciado en Cantarrana, Sector las Cuñas, hacia el cerro, casa S/N, frente Brisas del Golfo, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena CUATRO (04) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados en los artículos 277 y 458 del Código Penal, este ultimo en concordancia con el artículo 80 esjudem, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y del ciudadano CARLOS ALBERTO HERNANDEZ OJEDA de igual forma se condena a las pe.....