este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud efectuada por el defensor público JESUS MARDEN AMARO ALCALA, a favor de los acusados ALEXIS JOSÉ BURRIEL y ÁLVARO LUIS BOLAÑO BURIEL suficientemente identificados en las actas procesales y se mantiene la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD.