este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 444 y 446 en su parte in fine, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE REVOCACIÓN, planteado por la ciudadana abogada CAROLINA MARTÍNEZ, Defensora Privada de los acusados JESUS MANUEL MOREY LEZAMA, cédula de identidad N° 15.573.686; natural de Cumaná; nacido en fecha 30-10-81; hijo de Zureima Lezama y Orangel Morey; funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; casado; residenciado en la Urb. La Llanada, Sector 4, calle 15, casa N° 06, Cumaná, Estado Sucre, JOSE GREGORIO QUINTERO ROJAS natural de Cumaná; nacido en fecha 03-11-83; cédula de identidad N° 15.936.749; soltero; funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; hijo de Nelson Quintero e Iraima R.....