este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos para la imposición inmediata de la pena, al ciudadano ASDRUBAL JOSÉ MÁRQUEZ MOTA, Venezolano, 21 años, Portador de la Cédula de Identidad N° V-23.582.785; hijo de Flor Marina Mota y Asdrúbal José Márquez, obrero, residenciado en: Barrio Las Palomas, Sector Boulevard, Calle Bicentenaria, Casa s/n, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Vigente, en perjuicio de JESÚS MANUEL ROJAS CEDEÑO (OCCISO); a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal. Pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en el año 2024