Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa, del acusado LUIS EDUARDO VICENT RIBERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.641.267; por no haber variado las condiciones en que se decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, es decir, la posible pena a imponer y la magnitud del daño causado, por la presunta comisión del delito de delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCION DE UN ROBO previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: ANGEL LUIS SALMERON; todo de conformidad con los artículo 250, 251 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Notifíquese a las partes.- Cúmplase.-