este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio Administrando Justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano JOEL JOSE GOITIA GOITIA, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 08-02-1987, natural de esta ciudad de Cumaná, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad No. V-20.062.805, de profesión u oficio ganadero, hijo de Noris Goitia y Simón Sánchez, residenciado en el Barrio El Guapo, Casa sin numero, frente al Gimnasio 26 de Octubre, frente al trailer blanco donde venden comida, Cumaná, Estado Sucre ó el Macaro, Turmero, Calle Principal, Casa Nº 32, Maracay, Estado Aragua, A CUMPLIR LA PENA DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 8 del Código Penal, en perjuicio de AUTOMERCADO NUEVO MIRANDA, más .....