Por las consideraciones antes expuestas el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, acordada en fecha 7 de junio de 2013, a favor de la ciudadana DIOSMELYS JOSEFINA FABELO, titular de la cédula de identidad N° 15111562, en su condición de testigo en causa penal seguida al acusado FREDDY JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.570.426, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 08-06-84, soltero, de oficio obrero, teléfono 0281-4240665, y residenciado en Pozuelo, calle principal, calle Santo Domingo, casa Nº 49, cerca de la venta de repuesto de carros "El Rústico", Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; por el delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio.....