Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, sede Cumaná en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, Resuelve: Se Condena al ciudadano JAVIER JOSÉ MATA, venezolano, de 28 años de edad; titular de la cédula de identidad Nº 15.935.667; nacido en fecha 12-03-1981; hijo de José Rafael Lunar Cachón y Maria Elena Mata; soltero; de profesión u oficio vigilante; residenciado en el Barrio Caigüire, Calle Refugio, Casa Nº 220, detrás de Ferre Express, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por el delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de EMPRESA DE VIGILANCIA FALCORCA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se establece como fecha provisional en que la presente pena concluirá aproximadamente en el año 2013. Se mantiene la medida de coerción personal que.....