Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos para la imposición inmediata de la pena, ciudadano DEMETRIO ANTONIO QUINAL ÁLVAREZ, venezolano, natural de Montañas Negras, La Culatas, Municipio Montes, nacido en fecha 15-12-1964, de 48 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.484.356, hijo de los ciudadanos Demetrio Antonio Quinal y Laureana Maria Álvarez de Quinal, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en San Lorenzo, Calle Falcón, Casa Sin N°, cerca de la Policía, San Lorenzo, Municipio Montes del Estado Sucre; asistido en el acto por el Defensor Público Penal abogada CRUZ CARABALLO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL AGRAVADO, previsto en el artículo 407 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio de MIGUEL ANTONIO QUINA.....