este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, al ciudadano LEONARDO JOSE RODRIGUEZ DUCALLIN por el delito de TORTURA AGRAVADA, en grado de complicidad previsto y sancionado en el artículo 182 ultimo aparte en relación con el articulo 84 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano GUILLERMO ELOY FIGUERA RODRIGUEZ a cumplir cada uno la pena de UN (01) AÑO DE PRISION. Se acuerda mantener al acusado en el estado de libertad, hasta tanto el Juzgado de Ejecución decida lo conducente.