DISPOSITIVA
Por las razones antes señaladas, este Tribunal Segundo de Juicio (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por mayoría, CONDENA al ciudadano HECTOR JOSÉ MEDINA, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.829.934, residenciado en la calle Licett, casa N°70, Miramar, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERACIÓN INMEDIATA, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de la menor ANDREINA DEL VALLE DÍAZ PATIÑO, la cual cumplira aproximadamente en el año 2012, y las penas accesorias contenidas en el artículo 13 ejusdem
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a los catorce (14) día.....