Este Tribunal Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara al acusado JULIAN JOSÈ ALFONZO AGUANA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 19.009.700, natural de Barcelona, hijo de Iris del Valle y Julián Alfonso, edad, 20 años , nacido en fecha 28/05/1987, residenciado en Manicuare, Casa Nº 01 cerca de la Bodega Willians, Municipio Cruz Salieron Acosta del Estado Sucre, NO CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 3°, literal "A" del Código Penal, con los agravantes previstos en el artículo 77, numeral 8° ejusdem y en el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la niña JULIANNETH ROSARYS DEL VALLE ALFONZO GAMBOA, y en consecuencia absuelto de pena alguna; por insuficiencia de pruebas en su contra haciendo surg.....