este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en perjuicio de PIERINA DEL VALLE GONZÁLEZ ARRIOJA, al ciudadano JOSÉ EDUARDO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 13.368.183, nacido el día 03-07-74, de 32 años de edad, soltero, natural de Cumaná, de profesión u oficio no definido, residenciado en La Llanada, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley; pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en fecha once (11) de mayo del año dos mil trece (2013). Se acuerda mantener recluido a al acusado de autos en el Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná. Trascurrido el lapso legal se remitirá las actuaciones al Juzgado de E.....