el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base del artículo 42 de la Ley Sobre Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; DECLARA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA VICTIMA, acordada a favor de la ciudadana MERCEDES ELOÍNA MALAVE PATIÑO, titular de la cedula de identidad numero V-9.277.096 residenciada en Sector Caiguire, Calle Bolívar, casa No. 224, detrás de la Farmacia Santa Ana, Cumaná Estado Sucre, víctima directa en causa penal instada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, contra los imputados JHOAN JOSÉ GAMARDO HERNÁNDEZ y REINY EMIR GAMARDO HERNÁNDEZ, con ocasión de los delitos de Violencia Física, Amenaza, y Hostigamiento. En consecuencia, notifíquese a la víctima, ofíciese lo conducente al ciudadano Comandante de la Policía Estadal y ofíciese a la Fiscalía Superior del Ministerio Público solicitante, sobre el contenid.....