este Tribunal Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD DE PERMISO ESPECIAL, solicitada por el acusado Marco Antonio Martínez Martínez, titular de la cédula de identidad N° 17.910.589, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley de Drogas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de la colectividad. Ya que Si bien es cierto el acusado se encuentra privado de su libertad, no es menos cierto que analizada la solicitud este juzgador considera que la misma no es pertinente debido a que las circunstancias por las cuales se decreto la medida privativa de libertad en contra del acusado de auto no han variado en modo alguno, toda vez que aun persiste los requisitos establecidos en el artículo 250 del Código Orgáni.....