este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 264 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal ha revisado la medida de coerción personal impuesta en causa penal seguida a la ciudadana CLARIBETH FERNÁNDEZ LAREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-11.827.222, de 42 años de edad, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacida en fecha 19/11/1973, de estado civil soltera, de oficio secretaria, hija de Elizabeth Larez y Arquímedes Fernández, residenciada en el Dique Viejo, casa Nº 24, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión de los delitos de ESTAFA, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 462 del Código Penal; en perjuicio de la Empresa JJ PÉREZ ALEMÁN, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 283 del Código Penal en perjuicio del orden público; y a los fines de garantizar las finalidades del proc.....