Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando Unipersonalmente en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: UNICO: Se declara a la acusada LOURDES MARGARITA CARREÑO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.658.261, residenciada en Barrio Caigüire; Sector Brisas del Mar, Calle Las Palmas, casa Nº 38, Cumaná, Estado Sucre; CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE INSTIGADORA, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el articulo 84 Ord. 1° del Código Penal venezolano, en perjuicio del ciudadano CARLOS EDUARDO LEON LEON, y en consecuencia la CONDENA a cumplir la pena de seis (06) años de presidio, más las accesorias de Ley, calculada de conformidad con lo establecido en los artículo 405, 37, 74 ordinal 4° y 84 Ord. 1 del Código Penal. De conformidad con lo previsto con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija.....