este Juzgado que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 115, establece como un derecho fundamental el derecho a la propiedad, el cual a letra constitucional y en doctrina es un derecho fundamental que esta constituido por los atributos fundamentales de uso, goce, disfrute y disposición del bien, derecho de propiedad este que en relación al inmueble constituido por una vivienda ubicada en la urbanización Brasil, sector 02, calle 08, casa N° 22, Cumaná, Estado Sucre, se invoca a favor de la víctima, derecho este cuyo uso, goce y disfrute se vio perturbado violentamente por el delito de Invasión, por el cual se ha ordenado dar inicio al juicio. Por otro lado, se observa que el legislador al tipificar dicho delito, pretende la protección del derecho a la propiedad establecido constitucionalmente y en virtud de la doctrina del Derecho Penal Mínimo, conforme al cual este es la última opción, siendo que los mecanismos de auto-composición procesal se permiten .....