Por las razones antes señaladas, este Tribunal Segundo de Juicio (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por MAYORÍA, ABSUELVE de toda responsabilidad penal al ciudadano FRANKLIN JOSE SALAZAR SEGURA, quien es venezolano, de 26 años de eda, nacido en fecha 18-12-77, titular de la cédula de identidad N° 12.666.585, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 03, vereda 40, casa N° 06, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor en perjuicio del ciudadano PEDRO RAFAEL FOUCAULT ORTIZ, por lo que se ordena su libertad, la cual se hará efectiva desde esta misma sala.