ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos regulado en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos LANCASTER TUAREZ LARA, venezolano, nacido en fecha 12-11-90, de 22 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 20.636.696, de ocupación pescador, hijo de los ciudadanos Pedro Pablo Tuarez y Carmen Cenaida Lara, domiciliado en Barrio La Ponderosa, Calle Principal, Casa N° 14, cerca de la bodega de Plácido, Barcelona, Estado Anzoátegui y/o Barrio La Lucha, Calle Principal, por la Vereda Chomago, al final, Cumana, Estado Sucre y GABRIEL OSWALDO DEL JESÚS HERRERA GUZMAN, venezolano, nacido en fecha 27-08-92, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.062.209, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Oswaldo José H.....