Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana LUIS ANIBAL ORTÍZ CORTÉS, venezolano, profesión u oficio agente de seguridad, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.083.952, fecha de nacimiento 21-02-1957, residenciado en Las Vegas de San Juán, casa s/n, Estado Sucre, hijo de Luis Ortiz (F)y Juana Cortés (F), por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, en perjuicio de la ciudadana YAINELYS VÉLIZ CALVO, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, y 48 numeral séptimo y 318 numeral tercero ambos del COPP.