REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-002476
ASUNTO : RP01-P-2008-002476
En el día de hoy, 29 de Abril de 2009, siendo las 10:30 AM. en ocasión de la realización de la AUDIENCIA ORAL PARA VERIFICAR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES, impuestas en la presente causa, se constituye el Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en el despacho del referido Tribunal a cargo de la Juez abg. CARMEN LUISA CARREÑO, acompañada de la Secretaria Judicial ABG. FRANCYS HURTADO y el Alguacil de Sala LUIS LOPEZ, causa que se le sigue al ciudadano LUIS ANIBAL ORTÍZ CORTÉS, venezolano, profesión u oficio agente de seguridad, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.083.952, fecha de nacimiento 21-02-1957, residenciado en Las Vegas de San Juán, casa s/n, Estado Sucre, hijo de Luis Ortiz (F)y Juana Cortés (F), por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, en perjuicio de la ciudadana YAINELYS VÉLIZ CALVO, como lo es el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Art. 42 de la referida ley. Se deja constancia que se encuentra presente la Fiscal Séptimo del Ministerio Público Abg. ANA KARINA HERNANDEZ, la defensa Publica Primera Penal Abg. ELIZABETH BETANCOURT, la victima YAINELYS VÉLIZ CALVO y el ciudadano LUIS ANIBAL ORTÍZ CORTÉS. Acto seguido, se le concede el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público ABG. ANAN KARINA HERNANDEZ Quien expuso: “Esta representación fiscal Solicita a este Tribunal se proceda a evaluar si el imputado de autos cumplió con las condiciones impuestas según los informes que constan en la causa, sobre los hechos que ocurrieron. De considerar este Tribunal que la ciudadana cumplió a cabalidad con estas condiciones, este representación no hace oposición a que se decrete el sobreseimiento por cumplimento de condiciones emanadas de las suspensión condicional del proceso decretada por este mismo Tribunal. Solicito copia simple de la presente acta. Es todo.” Acto seguido a los fines de concederle la a palabra a la imputada de autos, la Juez dio lectura al ordinal 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y explicó su contenido, como su derecho, manifestando la ciudadana LUIS ANIBAL ORTÍZ CORTÉS, ”cumplí con las condiciones impuestas por este Tribunal. Es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Pública ABG. ELIZABETH BETANCOURT quien expone: “Solicito del Tribunal que una vez revisada que se cumplió con la condiciones impuestas por mi representando esta defensa solicita se decreta la extinción de la acción penal y en consecuencia en solicito respetuosamente al Tribunal el sobreseimiento de la presente de la presente causa de conformidad con el articulo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Solicito copia simple de las presentes actuaciones. Es todo. Acto seguido, el Tribunal pasa a decidir, en la misma sala de audiencias y en presencia de las partes, tal como lo dispone el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal en los términos siguientes: una verificado por este tribunal que la imputada LUIS ANIBAL ORTÍZ CORTÉS, ha cumplido con las condiciones impuestas por este Juzgado con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar, mediante la cual la imputada quedó obligado a cumplir por el lapso de un año con determinadas condiciones: 1.- No acercarse por si o por terceras personas a la víctima de la presente causa. 2.- se mantiene la medida de presentarse por ante la oficina de alguacilazgo por un lapso de un año 3.-debe conservar el trabajo. 4.-no ingerir alcohol 5.- dirigirse a la oficina de ayuda técnica de apoyo al sistema penitenciario con el fin de someterse a la condiciones que le imponga el delgado de prueba. Habiendo verificado el cumplimiento total de las condiciones impuestas, tal y como se desprende del informe emanado de la unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario, donde se evidencia que el referido imputado cumplió a cabalidad con las condiciones impuestas ante esa oficina y asimismo dio cumplimiento al régimen de presentaciones impuestas, es por lo que este tribunal una vez verificada el cumplimiento de las condiciones impuestas a la imputada de autos las cuales fueron cumplidas a cabalidad de conformidad con lo establecido con el articulo 48 numeral 7, procede a declarar la extinción de la acción penal, y como consecuencia de ello decreta el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral tercero ambos del COPP, y así se decide. Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana LUIS ANIBAL ORTÍZ CORTÉS, venezolano, profesión u oficio agente de seguridad, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.083.952, fecha de nacimiento 21-02-1957, residenciado en Las Vegas de San Juán, casa s/n, Estado Sucre, hijo de Luis Ortiz (F)y Juana Cortés (F), por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, en perjuicio de la ciudadana YAINELYS VÉLIZ CALVO, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, y 48 numeral séptimo y 318 numeral tercero ambos del COPP. Y en consecuencia se decreta el cese de la medida de coerción personal impuesta al imputado consistente el régimen de presentaciones. Oficio a la unidad de alguacilazgo a los fines de infórmarle sobre lo decidido Remítase las presentes actuaciones al archivo judicial en su oportunidad legal. Se ordene el cese de las medidas que venia cumpliendo el imputado de auto. Los presentes quedan notificados con la lectura y firma de al presente acta de conformidad con el 175 del COOP. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10: 50 AM
LA JUEZ SEXTO DE CONTROL,
ABG. CARMEN LUISA CARREÑO
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. ANA KARINA HERNANDEZ
LA DEFENSA PÚBLICA,
ABG. ELIZABETH BETANCOURT
IMPUTADO
LUIS ANIBAL ORTÍZ CORTÉS
LA VICTIMA,
YAINELYS VÉLIZ CALVO
EL ALGUACIL
LUIS LOPEZ
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS HURTADO