Por las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; en nombre de la República y por Autoridad de la Ley; DECLARA PROCEDENTE LA ORDEN DE APREHENSIÓN, del Ciudadano: JOSE ANTONIO RAMOS SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 20.763.320, domiciliado en el Sector "Los Icacos" de Playa Colorada, Casa s/n vía Santa Fe, Puerto La Cruz, Estado Sucre, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal en perjuicio del Ciudadano GUSTAVO JOSE SALCEDO, por lo tanto SE ACUERDA Oficiar al Comandante General de Policía al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas y al Destacamento 78 de la Guardia Nacional a fin de que se haga efectiva esta orden y una vez aprehendido el Ciudadano: JOSE ANTONIO RAMOS SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 20.763.320, deberá ser puesto a dispo.....