Este Tribunal Quinto en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara con lugar la solicitud de Revisión de Medida Cautelar hecha por la defensa y Decreta la Ampliación del Régimen de presentaciones impuesto como Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado MASSIMILIANO SIMONCINI, la cual deberá ser cumplida a partir de la presente fecha cada treinta (30) días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y así se decide. Notifíquese al imputado, a la defensa y a la representante fiscal del contenido de la presente decisión.