ADMINISTRADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera que la solicitud de prórroga presentada por el Ministerio Público fue presentada en tiempo hábil para ello tal como lo establece el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia acuerda otorgar PRORROGA de QUINCE (15) DÍAS para que la representación del Ministerio público presente el respectivo acto conclusivo, en causa seguida contra el ciudadano: ELIAS ANTONIO SALEM PACELLA, de 22 años de edad; titular de la cédula de identidad Nº 18.903.893; natural de Cumana, Estado Sucre; nacido en fecha 18/08/87; hijo de Antoine Salem y Emma Pacella; soltero; profesión u oficio comerciante; residenciado en la Población; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 405 en perjuicio de LUIS RAMON RODRIGUEZ YEGRES, y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 ambos del Código Penal en perjuicio de .....