Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, decreta la libertad sin restricciones del imputado ALEXANDER JOSÉ MALAVÉ, venezolano, natural de Cariaco; Municipio Ribero Estado Sucre; de 24 años de edad, nacido en fecha 14/10/1984, titular de la cédula de identidad N° 23.531.407; soltero; ayudante de soldadura, hijo de Rosaura Malavé y Antonio Rafael Cordero; residenciado en el Sector Carlos Andrés Pérez, calle 5 de julio, casa N° 18, Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena la Libertad Inmediata del imputado, la cual se hace efectiva desde la propia Sala de Audiencias, dejándose constancia que se retira en buen estado físico. Líbrese boleta de libertad, adjunto a oficio dirigido al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre. Se decreta .....